Leyes


"Nuestra ley es la ley del agua, es la ley del sol, la ley del rayo. No admite reformas, no conoce decretos, no acepta constituciones ni políticas, porque nuestra ley que rige la vida permanece en el tiempo. Para que la armonía vuelva a nuestras vidas, es necesario que la ley creada por los hombres respete y acate la ley de origen, la ley natural, la ley de la vida, la suprema ley de los Mamos"
Los Mamos son los guías espirituales del pueblo kogui, habitantes de la Sierra Nevada de Santa Marta, Colombia

jueves, 11 de junio de 2015

Resulta que Félix Díaz es el usurpador

Un comunicado del CELS advierte sobre la "arbitraria persecución penal" al qom Félix Díaz quien, si avanza (que lo hará) una causa en su contra en la justicia formoseña puede ser condenado por usurpar el terreno que un criollo reclama y que está dentro del territorio comunitario de Potae Napocna Navogoh, La Primavera. En el reclamo, a esta altura permanente y con un acampe en el cruce de las avenidas de Mayo y 9 de Julio, que hace el qom figura el famoso relevamiento territorial pero parece que el hombre habla en el desierto oficial. El CELS dice además que la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe pronunciarse, imposible saber cuándo eso ocurrirá, sobre el fondo de la cuestión que es a quién pertenecen las tierras en disputa. Al fin, quién está usurpando, si los qom o los criollos.

Comunidad qom Potae Napocna Navogoh La Primavera:
arbitraria persecución penal 
El Juzgado Criminal y Correccional N° 2 de Clorinda, provincia de Formosa, a cargo del juez Santos Gabriel Garzón, elevó a juicio la causa en la que está imputado por el delito de usurpación Félix Díaz, referente de la Comunidad Potae Napocna Navogoh -La Primavera. Hoy, ​solicitamos la nulidad de la elevación ​a juicio porque, como señalamos en el escrito, esta medida "no es más que la concreción de un proceso penal únicamente dirigido a criminalizar a Félix Díaz. Una acusación sostenida en el tiempo con tales grados de imprecisión, falta de claridad y sustento sólo puede ser explicada desde el evidente afán punitivo puesto en marcha ​​en contra ​nuestro defendido".​
La causa N° 672/2011 se basa en la denuncia del criollo Cecilio Celías y en testigos que son sus allegados. Celías afirmó que “un grupo de aborígenes de la Colonia La Primavera habían ingresado sin autorización alguna al interior del campo que poseen, a edificar viviendas” y acompañó su denuncia con documentos. La legitimidad de los títulos de propiedad que Celías presentó ante la justicia formoseña forma parte de la discusión de fondo sobre de quiénes son las tierras que se acusa a Díaz haber ocupado. Esta cuestión está pendiente de resolución por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Consideramos necesario aguardar esta resolución de la Corte sobre la titularidad del territorio antes de avanzar en una persecución penal por el delito de usurpación. 
En septiembre de 2014, cuando se confirmó su procesamiento, el CELS presentó un recurso de casación que fue rechazado. Ante esto, interpuso un recurso de queja que también fue rechazado. Al mismo tiempo, se presentaron dos escritos pidiendo medidas de prueba que corrieron con la misma suerte. Ni la fiscal Gloria Elena Rejala ni el juez Garzón tuvieron en cuenta otra evidencia: las inspecciones judiciales al territorio revelaron que el Estado provincial construyó viviendas para los aborígenes en esas tierras, es decir que para la administración pública formoseña esos terrenos les corresponden. La negación de medidas que podrían contribuir a esclarecer la causa vulnera los derechos de Félix Díaz y de la comunidad.
El CELS patrocina a la Comunidad Potae Napocna Navogoh -La Primavera en esta causa penal y en otras dos relacionadas con la represión policial del 23 de noviembre de 2010. También la representa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Félix en la puerta de su casa.

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